NACIONAL
Perfilan bajar consulta sobre expresidentes
Tras conocer que el proyecto de Luis María Aguilar busca declarar inconstitucional el ejercicio, el Presidente pidió a los ministros no dejarse intimidar y decidir considerando el sentimiento del pueblo
La petición de consulta popular para enjuiciar a los últimos cinco expresidentes sería inconstitucional.
De acuerdo con el proyecto elaborado por Luis María Aguilar, ministro de la Suprema Corte, la propuesta viola los derechos humanos, violenta el principio de presunción de inocencia y vulnera el principio de igualdad ante la ley de todos los mexicanos.
“Si bien cada uno de los motivos expuestos es por sí solo suficiente para declarar la inconstitucionalidad de la materia de la consulta popular, la suma de todos ellos permite concluir que se trata de un concierto de inconstitucionalidades”, indica el documento que la Corte discutirá el próximo jueves.
Tras esto, el presidente Andrés Manuel López Obrador pidió esperar al fallo del pleno de los ministros y aseguró que, en su opinión, no se vulneran derechos.
“Que (los ministros) actúen con apego estricto a la ley, que no se dejen intimidar, que actúen con criterio. Que aunque ellos deciden de acuerdo a lo establecido en las leyes (…) que también tomen en cuenta el sentimiento del pueblo”, planteó.
Corte perfila revés a consulta
La materia de la consulta para juzgar a expresidentes no es válida constitucionalmente y la pregunta no tiene un sustento legal, señala el proyecto a discutir.
El ministro de la Suprema Corte de Justicia, Luis María Aguilar Morales, propondrá declarar inconstitucional la petición de consulta popular planteada por el presidente Andrés Manuel López Obrador para juzgar a los expresidentes de la República, por considerarla violatoria de los derechos humanos, violentar el principio de presunción de inocencia y vulnerar el principio de igualdad ante la ley de todos los mexicanos.
El proyecto de sentencia, que consta de 43, hojas será discutido el próximo 1 de octubre por el pleno de ministros de la Corte, anunció este jueves el alto tribunal al poner a la disposición de la sociedad el contenido de la propuesta a través de las redes sociales de la Corte.
“Si bien cada uno de los motivos expuestos es por sí solo suficiente para declarar la inconstitucionalidad de la materia de la consulta popular, la suma de todos ellos permite concluir que se trata de un concierto de inconstitucionalidades que pudieran incidir negativamente en el acceso a la justicia, la persecución de los delitos y el Estado de derecho mismo, lo cual implica la afectación de los derechos humanos de todas las mexicanas y los mexicanos”, advirtió el documento que será discutido.
A lo largo del proyecto, el ministro Aguilar Morales argumentó —entre otras razones— que la consulta no puede llevarse a cabo porque “restringiría los derechos humanos de un grupo de mexicanos” sea indiciados o víctimas al ser contrario a la ley someter a consulta de la ciudadanía si las instituciones de procuración e impartición de justicia deben o no cumplir con sus obligaciones.
Lo anterior implica el riesgo de generar impunidad en uno u otro sentido, en razón de que el resultado del ejercicio ciudadano es vinculante para las autoridades del Estado mexicano y la Constitución no puede contradecirse así misma.
Sobre todo —abundó— si se está ante la sospecha de la comisión de delitos de lesa humanidad, como lo señaló el Presidente en su petición enviada el 15 de septiembre.
El impartidor de justicia federal recordó que tales conductas delictivas no prescriben y en el hipotético caso de que la consulta rechace juzgar a los exgobernantes, las víctimas de tales ilícitos quedarían en la indefensión.
“La consulta popular no puede tener por objeto la restricción de los derechos de las personas, lo que implica, necesariamente, que tampoco puede consultarse si las autoridades pueden o deben proteger los derechos humanos, pues esa es su obligación constitucional. A la ciudadanía no le corresponde decidir si se deben investigar o procesar los delitos cometidos en ejercicio de la función pública”, se describe en el punto 54 de la propuesta de un total de 124 fundamentaciones legales.
Más adelante, se explica que, de autorizar la consulta popular, se quebrantaría el fin de la misma, consistente en ampliar los derechos humanos de las personas y sus libertades.
“Es precisamente por ello que el objeto de la consulta popular que se solicita, se considera inconstitucional, pues someter a consulta si la mayoría está de acuerdo o no en que las autoridades competentes investiguen, persigan y sancionen los delitos que pudieran ser cometidos por los expresidentes de la República, implica sujetar a la condición o elección de una porción de la población, cualquiera que sea su número, si las autoridades deben cumplir con sus obligaciones de protección de los derechos humanos, pero sobre todo, implicaría desvirtuar la finalidad de la consulta popular que, como derecho humano, busca maximizar la voz de la ciudadanía y fortalecer sus derechos, nunca disminuirlos”, apuntó.
Al hacer referencia al principio de presunción de inocencia, el proyecto puntualiza los inconvenientes para impartir justicia si se autoriza la consulta:
“El objeto de la consulta vulnera la presunción de inocencia de las personas, pues al exponerlas mediáticamente violenta las garantías penales esenciales y los derechos humanos en general; esta violación constitucional tiene impacto en los derechos de las posibles víctimas de los delitos que se imputan y de la sociedad en general (…) toda vez que las violaciones a la presunción de inocencia pueden viciar los hipotéticos procesos penales que se lleven a cabo con lo que existiría la posibilidad de que, en algunos casos, esta exposición mediática estigmatizante desemboque en la ilicitud de pruebas o incluso que generen un efecto corruptor en todo el proceso”.
Sobre el principio de igualdad previsto en la Constitución, el ministro argumentó que la ley no puede aplicarse de un modo a un grupo de ciudadanos y a otros tratarlos de manera distinta.
“Todas las personas tienen derecho a recibir el mismo trato y, en este caso específico, no está justificado por qué a unas personas se les somete al escrutinio público para determinar si se les debe investigar y, en su caso, sancionar penalmente, mientras que al resto de las personas no se les da ese mismo tratamiento”, indica.
Aguilar dijo que no emitiría pronunciamiento con relación a la calificación de la trascendencia de la consulta ni en torno a la legalidad y contenido de la pregunta en virtud de que “el objeto o materia de esta consulta no es válido constitucionalmente, de manera que la pregunta no tiene un sustento legal, y su estudio en sí misma resulta improcedente”, concluyó el proyecto de sentencia.
NACIONAL
Marina asegura 3.2 millones de dosis de cocaína en costas de Michoacán
La Secretaría de Marina interceptó un cargamento de cocaína en costas de Michoacán, equivalente a 3.2 millones de dosis.
Personal naval realizaba labores de vigilancia marítima cuando en aguas del Océano Pacífico advirtió 54 bultos flotando a 329 km al suroeste de Lázaro Cárdenas.
Los bultos contenían más de mil 600 kg de presunta cocaína.
La droga fue trasladada a la Décima Sexta Zona Naval para su posterior puesta a disposición de la Fiscalía General de la República (FGR).
De acuerdo con la Marina, el aseguramiento representa una afectación económica de 340 millones 200 mil pesos para la delincuencia organizada, pues se evitó la comercialización de aproximadamente 3 millones 200 mil dosis de cocaína.
Cabe destacar que la acción ocurrió después de que el pasado 15 de agosto personal naval asegurara en la zona marítima contigua una embarcación menor con aproximadamente mil 900 kilogramos de presunta cocaína y detuviera a dos presuntos infractores de la ley.
Con información de López-Dóriga Digital
NACIONAL
Regreso a clases 2026: Prohibición de celulares en salones irá a consulta con maestros
La presidenta Claudia Sheinbaum encabeza su conferencia ‘mañanera’ de este lunes 17 de agosto desde Palacio Nacional, donde se prevé que la mandataria sea cuestionada sobre la firma del convenio de defena entre México y EU para adquirir drones y sistemas antidrones.
El embajador de EU en México, Ronald Johnson, dio a conocer a través de sus redes sociales que la cooperación entre ambos países en materia de defensa sigue fortaleciéndose.
Además, la SEP continuará con la presentación de estudios para explicar el daño que el uso prolongado de las pantallas hace en niños y adolescentes.
SEP hará consulta a maestros sobre prohibir celulares en salones
La Secretaría de Educación Pública (SEP) anunció una consulta para maestros sobre la posibilidad de prohibir el uso de celulares en los salones de clase.
Mario Delgado, titular de la SEP, detalló que el 24 y 25 de agosto, durante la fase intensiva del Consejo Técnico Escolar, más de un millón de maestros debatirán y propondrán acciones sobre el uso de tecnología en las aulas.
El doctor Ravi Iyer, psicólogo social, explicó el impacto del diseño de las redes sociales y los algoritmos en el bienestar de niñas y niños.
Además, detalló las diferencias observadas entre el comportamiento y las aspiraciones expresadas en los menores de edad por el uso de redes.
Con información de El Financiero
NACIONAL
Inicia la suspensión de líneas con terminación 0 que no fueron vinculadas
Las líneas telefónicas con terminación en 0 que no fueron vinculadas dentro del plazo establecido podrán ser suspendidas de manera gradual, pero no serán canceladas ni se perderán, informó la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT).
De acuerdo con el comunicado Bol. 029/2026, la suspensión del servicio comenzó a aplicarse de manera gradual a partir del primer minuto del 16 de agosto y podrá extenderse durante las siguientes 72 horas para las líneas que aún no hayan completado el proceso de vinculación.
La CRT aclaró que las personas usuarias podrán recuperar el servicio únicamente al completar el registro correspondiente ante su compañía telefónica.
El trámite puede realizarse mediante dos opciones. La primera es ingresar desde el propio teléfono a la plataforma de la compañía operadora, incluso si la línea ya fue suspendida o no cuenta con saldo. La CRT indicó que la navegación en estos sitios no consume datos móviles.
La segunda alternativa consiste en acudir de manera presencial a cualquier Centro de Atención a Clientes (CAC) del operador telefónico.
Para realizar la vinculación se requiere una identificación oficial vigente con CURP. La autoridad señaló que durante el proceso no se almacenarán datos biométricos.
Las personas usuarias pueden consultar los sitios oficiales de las compañías telefónicas a través de la plataforma de la CRT.
El proceso continuará de manera escalonada. El próximo 31 de agosto corresponde a las líneas con terminación en 1.
La CRT indicó que las personas con cualquier otra terminación pueden realizar desde ahora la vinculación de su línea, con el objetivo de evitar una eventual interrupción del servicio y aglomeraciones en los Centros de Atención a Clientes.
La autoridad reiteró que la suspensión de una línea terminada en 0 no implica su pérdida definitiva y que el servicio podrá reactivarse una vez concluido el procedimiento de vinculación.
Con información de López-Dóriga Digital
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