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PRESENTA PRI RECURSO DE APELACIÓN CONTRA EL RESOLUTIVO DEL IEE EN TORNO A LA REVOCACIÓN DE MANDATO

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*El derecho adquirido es para los ciudadanos, no para el gobernante; de tal manera que será el resultado de esa consulta la que le impida continuar en el cargo y no la Ley que lo destituye

Chihuahua.- El Partido Revolucionario Institucional presentó un recurso de apelación contra el resolutivo de improcedencia del IEE para iniciar un procedimiento de revocación de mandato al gobernador Javier Corral.

Benjamin Caraveo Yunes, representante del Partido ante los órganos jurisdiccionales en esta materia, presentó el recurso para su revisión por el Tribunal Estatal Electoral.

Recordó que el pasado 25 de marzo, Oscar Humberto González Aguirre, en uso de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua, solicitó la revocación de mandato del gobernador del estado, ante el Instituto Estatal Electoral.

El pasado 14 de mayo, el Consejo del Instituto Estatal Electoral resolvió como improcedente dicha solicitud invocando aspectos como el derecho humano a ser votado y permanecer en el cargo por el periodo correspondiente como garantía de seguridad jurídica, además de que en la fecha que gobernador asumió el cargo -octubre del 2016- no existía norma que previera la posibilidad de terminar anticipadamente el mandato mediante la consulta a la ciudadanía.

La Ley de Participación Ciudadana, promovida por el gobernador Javier Corral en abril de 2017, fue expedida por el Congreso del Estado de Chihuahua el 26 de abril del año pasado.

Es importante señalar que no deben sobreponerse los derechos del gobernador -a ser votado- sobre la facultad de los ciudadanos a revocarle el mandato, a no coartar su derecho a una participación efectiva y expresar su opinión de mantenerlo o no en la administración estatal.

En el caso del gobernador, ni la reforma constitucional ni la Ley de Participación Ciudadana establecen un régimen transitorio para que no se aplique a su periodo constitucional como jefe del Ejecutivo Estatal, por lo que se aplica la regla general y entró en vigor al día siguiente de su publicación, resultando aplicable el principio de que cuando la Ley no distingue, el juzgador no tiene facultad para hacerlo.

El cargo de Gobernador implica un periodo que transita en el tiempo de momento a momento, se ejerce día con día y para hablar de una aplicación retroactiva, sería menester hablar de quitarle el cargo a partir del momento mismo del que fue electo, privando de validez a todos sus actos realizados en el pasado, lo cual no se trastoca de ninguna manera con la revocación del mandato, dada que su propia naturaleza implica efectos hacia el futuro.

La “ley retroactiva” en términos generales, no es otra sino aquella que modifica o restringe las consecuencias jurídicas de hechos nacidos durante la vigencia de la anterior.

El argumento del IEE señala que no es posible aplicar la revocación de mandato, pues sería una aplicación retroactiva de una norma en perjuicio de Javier Corral Jurado a su derecho humano a ser votado, pero precisamente la Ley de Participación Ciudadana señala que la revocación de mandato se concede en beneficio de los gobernados para evitar precisamente que el Gobierno sea encabezado por quien no desean.

En consecuencia, esa aplicación supuestamente retroactiva, lo sería en beneficio de los derechos humanos de los gobernados y de ninguna manera podría hablarse de aplicación en perjuicio de Javier Corral Jurado, puesto que fu él quien la consintió expresamente.

Pero además, en caso de un conflicto de leyes en el tiempo, es decir, que dos normas pudieran ser aplicables a un caso concreto, el juzgador debe aplicar aquella que le genere un mayor beneficio a la colectividad.

No es que la Ley le esté dando por concluido su mandato de forma anticipada, sino que se trata de una figura de participación democrática directa, donde son los ciudadanos los que revocarán ese mandato, el derecho adquirido es para los ciudadanos, no para el gobernante, de tal manera que será el resultado de esa consulta la que le impida continuar en el cargo y no la Ley que lo destituye, por lo que evidentemente no se trata de una ley retroactiva, y en todo caso su aplicación retroactiva solo sería hacia el futuro.

La revocación ya existe y fue conferida para el ejercicio de un derecho humano de los electores y por consiguiente no se puede poner como obstáculo el eventual derecho humano de un individuo, marginando al colectivo del derecho de participación ciudadana directa que el Congreso de Chihuahua les confirió.

Es claro que el derecho humano a la participación ciudadana directa está por encima del derecho a ser votado de Javier Corral Jurado, a quien no se le está violentando derecho alguno pues finalmente él aceptó la norma y la institución democrática que le devuelve el poder al pueblo para revocarle el mandato, resultando entonces que no existe transgresión a derecho humano alguno.

 

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Ataque armado a helicóptero de la SSPE en Ojinaga deja un agente herido

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Foto de La Opción de Chihuahua

Un helicóptero de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado fue atacado desde tierra mientras realizaba labores operativas en Ojinaga, dejando a un elemento lesionado.

La tripulación logró realizar un aterrizaje seguro y el agente afectado fue atendido y posteriormente trasladado a la ciudad de Chihuahua, donde lo ingresaron a un hospital bajo un fuerte dispositivo de seguridad.

En tanto, autoridades de los tres niveles de gobierno desplegaron un operativo en la zona fronteriza para localizar a los responsables, mientras se mantiene reforzada la presencia policial en el sector.

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Emite Gobierno del Estado recomendaciones para unas fiestas patrias seguras

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El Gobierno del Estado, a través de la Coordinación Estatal de Protección Civil (CEPC), emitió recomendaciones para prevenir accidentes y proteger la integridad de las familias que acudan a las celebraciones por el Grito de Independencia este 15 de septiembre.

Ante la concentración de personas en plazas públicas y recintos oficiales, se pide identificar los accesos, salidas de emergencia y rutas de evacuación, así como establecer un punto de reunión con familiares o acompañantes en caso de separación.

Es importante vigilar especialmente a niñas, niños y adultos mayores, además de ubicar los módulos de atención médica, puestos de ayuda y al personal de seguridad y protección civil.

Para favorecer un desalojo ordenado, se llama a evitar aglomeraciones en entradas y salidas, mantener libres los pasillos y rutas de evacuación, y esperar unos minutos al término de los eventos antes de retirarse.

También se exhorta a no utilizar, quemar ni manipular pirotecnia, debido al riesgo de quemaduras, lesiones, incendios y afectaciones a terceros y animales de compañía.

Queda prohibido ingresar con fuegos artificiales, objetos punzocortantes, armas de fuego, envases de vidrio, sustancias no permitidas u otros artículos que representen un riesgo para las y los asistentes.

Ante cualquier emergencia, la población debe reportarla de inmediato al número 9-1-1 para solicitar el apoyo de las corporaciones de auxilio.

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Emite Secretaría de Salud recomendaciones para festejos patrios del 15 de septiembre

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La Secretaría de Salud exhorta a la población a adoptar medidas para protegerse y evitar afectaciones por las condiciones climáticas, durante las próximas celebraciones por el CCXVI aniversario del Grito de Independencia de México este 15 de septiembre.

El subdirector de Epidemiología de la dependencia, Gumaro Barrios, expresó que debido a que prevalecen las altas temperaturas, se recomienda hidratarse constantemente con agua natural, sobre todo al permanecer por periodos prolongados al aire libre o bajo los rayos del sol.

Agregó que es necesario usar ropa ligera y de colores claros, preferentemente de manga larga, además de gorra, sombrero, sombrilla o cualquier artículo que proteja contra la radiación solar.

También aconsejó utilizar bloqueador y evitar la exposición directa al sol durante lapsos prolongados.

Estas medidas contribuyen a prevenir la deshidratación, insolación y golpe de calor, padecimientos que provocan síntomas como dolor de cabeza, mareo, debilidad, náuseas, confusión, piel caliente o pérdida del conocimiento.

En caso de presentar alguna molestia durante los festejos, es preciso acudir inmediatamente a los módulos de atención médica o solicitar el apoyo de las y los paramédicos presentes en los lugares donde se desarrollen las actividades.

La dependencia estatal hace un llamado a quienes presenten síntomas de enfermedades respiratorias como tos, fiebre, dolor de garganta, congestión nasal o malestar general, para que eviten acudir a concentraciones multitudinarias, a fin de disminuir el riesgo de contagio.

Si es estrictamente necesario salir de casa con síntomas respiratorios, se debe utilizar cubrebocas, tapar la boca y la nariz al toser o estornudar, evitar el contacto cercano con otras personas y realizar el lavado frecuente de manos.

La Secretaría de Salud invita a la ciudadanía a disfrutar de las celebraciones patrias de manera responsable, atender las indicaciones de las autoridades y tomar las precauciones necesarias para proteger su salud y la de quienes le rodean.

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