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NACIONAL

Ministro propone declarar inconstitucional consulta de juicio a ex presidentes

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El proyecto será discutido en la sesión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el próximo jueves 1 de octubre. 

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Luis María Aguilar, consideró «un concierto de inconstitucionalidades» la solicitud de consulta popular del presidente Andrés Manuel López Obrador para enjuiciar a sus antecesores Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto.

En el proyecto revisión de constitucionalidad de la materia de consulta popular 1/2020 detalla que la Corte considera improcedente el ejercicio, toda vez que conlleva en sí una restricción de los derechos humanos y una afectación a las garantías.

El proyecto será discutido en la sesión del Pleno de la SCJN el próximo 1 de octubre, y en caso de avalarse el proyecto de Aguilar Morales se notificará esta determinación al Senado y se declarará como asunto definitivamente concluido porque la ley no establece ningún medio de impugnación.

El ministro manifestó que «si bien cada uno de los motivos expuestos es por sí solo suficiente para declarar la inconstitucionalidad de la materia de la consulta popular».

«La suma de todos ellos permite concluir que se trata de un concierto de inconstitucionalidades que pudieran incidir negativamente en el acceso a la justicia, la persecución de los delitos y el Estado de Derecho mismo, lo cual implica la afectación de los derechos humanos de todas las mexicanas y los mexicanos», señaló.

El proyecto agrega que no puede someterse a la voluntad popular decisiones que en cualquier sentido impliquen una restricción de los derechos humanos ni de sus garantías de protección, por lo que la solicitud del Ejecutivo Federal «advierte por las múltiples violaciones constitucionales que aun en forma individual son suficientes para sostener la inconstitucionalidad del objeto de la consulta popular pretendida».

«Una vez delimitado lo anterior, esta Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que el objeto de la consulta popular debe considerarse inconstitucional, pues la materia que se solicita consultar, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos y una afectación a las garantías para su protección, al condicionar su efectividad y ejecución al resultado de ese mecanismo participativo; desnaturalizando con ello su propósito y finalidad», detalla.

El ministro que en caso de acreditarse un sanción penal o administrativa a los ex presidentes mencionados, «escapa a la opinión y consulta de la ciudadanía mexicana, debido a que en atención al derecho de acceso a la justicia y a la reparación de las víctimas, ofendidos y a las posibles víctimas indirectas de esos supuestos delitos» y «las autoridades del Estado mexicano se encuentran obligadas a denunciar cualquier hecho y a llevar a cabo todas las investigaciones necesarias para llegar a la verdad y sancionar cualquier delito cometido por cualquier persona».

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NACIONAL

Campamento migrante en CDMX se ampara para evitar su traslado a un refugio

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Los integrantes de un campamento migrante instalado en la alcaldía Gustavo A. Madero de la Ciudad de México tramitaron un amparo para evitar su traslado a un refugio.

Se trata de alrededor de 250 personas originarias de Colombia, Venezuela, Ecuador y Honduras que viven en casas improvisadas de madera, láminas y lonas, junto a las vías del tren en la colonia Vallejo.

Personal de la Coordinación de Movilidad Humana del Gobierno capitalino acudió al campamento migrante para solicitar su desalojo, toda vez que el asentamiento será desmantelado.

Los migrantes mostraron un amparo obtenido el 24 de abril pasado para no ser llevados al albergue migrante de Vasco de Quiroga, Tepito.

El recurso legal señala que no se deben llevar a cabo, o en su caso, “cesen los actos de tormento, traslado, reubicación y desalojo forzoso”.

Los extranjeros, que buscaban llegar a Estados Unidos, solicitaron 3 meses de tolerancia a fin de que, entre otros motivos, los niños que asisten a una escuela cercana terminen el año escolar.

También buscan reunir dinero para regresar a sus países o regularizar su situación en México y quedarse a vivir.

 

 

Con información de N+

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NACIONAL

Muere director de Protección Civil de Mapimí en trágico choque con tren en Bermejillo

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Trágica muerte encontró el director del departamento de Protección Civil de Mapimí, Durango; Miguel Ángel Moran Flores de 32 años, quien al intentar ganar el paso al tren cuando conducía una ambulancia que apenas sería incorporada al parque vehicular.

El accidente se registró el jueves a las 13:00 horas en el cruce ferroviario de la localidad de Bermejillo, municipio de Mapimí, Durango; cuando apenas se dirigía a las instalaciones de la segunda localidad, quien viajaba solo.

¿Qué ocurrió?

Testigos del aparatoso accidente dieron a conocer a las autoridades competentes que el conductor del tren no activó el sistema de pitidoz cuando en determinado momento escucharon el fuerte estruendo y rechinar del metal, y observaron que la ambulancia salió proyectada al lado de las vías ferroviarias y en varios metros de distancia, por lo que de inmediato marcaron el teléfono de emergencia 911.

A los pocos minutos llegó personal de la Dirección de Seguridad Pública Municipal, Estatal, y Paramédicos del departamento de Protección Civil, quienes se llevaron la desagradable sorpresa que se trataba de la unidad recién adquirida y que era su comandante Miguel quien la tripulaba luego de acudir a cargar combustible.

Sus compañeros de inmediato le brindaron los primeros auxilios y lo abordaron en la ambulancia con dirección a la clínica 30 del Instituto Mexicano del Seguro Social que se encuentra en su localidad, pero falleció en el exterior de las instalaciones por graves contusiones en diferentes partes del cuerpo y cráneo.

Al lugar acudieron elementos de la Policía Investigadora de Delitos, el Agente del Ministerio Público y Peritos del departamento de Medicina Forense quienes trasladaron el cuerpo al anfiteatro para la necropsia de rigor.

El vehículo siniestrado es de la marca Dodge, Ram 1500/2500 modelo 2023, de color blanco y franjas rojas, matrícula de circulacion del Estado de Durango y, con numero de serie misma que era utilizada como ambulancia.

 

 

 

Con información de Milenio

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NACIONAL

Reparto de utilidades 2025: ¿cuál es la fecha límite para recibir el pago?

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Cada año, muchas personas en México esperan el reparto de utilidades, una prestación que reconoce su trabajo y dedicación dentro de las empresas. Este pago está respaldado por la Constitución y por la Ley Federal del Trabajo, y permite a los empleados recibir una parte de las ganancias que generó su lugar de trabajo el año anterior.

Más que un bono extra, el reparto de utilidades es una forma de reconocer el esfuerzo de todos los trabajadores. Eso sí, hay una fecha límite para recibirlo y es importante no dejarla pasar. Si trabajas en una empresa, este dinero te corresponde por ley. ¿Ya sabes cuándo deben depositártelo en 2025? Descúbrelo a continuación.

¿Quienes reciben utilidades?

En México, no todos los trabajadores reciben reparto de utilidades, ya que existen ciertos requisitos para tener acceso a este beneficio. Para que una persona pueda recibirlo, debe haber trabajado al menos 60 días en la empresa y contar con una relación laboral formal. Sin embargo, hay excepciones: no aplica para altos mandos como directores o socios, ni para quienes trabajan en el sector público o en empresas que acaban de iniciar operaciones.

Además, el porcentaje que se reparte no lo decide cada empresa, sino una comisión nacional que fija cuánto corresponde a los empleados. Este proceso busca que las ganancias se compartan de forma justa entre quienes contribuyen al crecimiento del negocio.

¿Cuál es la fecha límite para recibir el pago?

Cada año, entre mayo y junio, las empresas tienen la obligación de compartir una parte de sus ganancias con sus trabajadores. Sin embargo, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) de México recuerda que hay fechas límite para el reparto de utilidades.

En caso de trabajar en una empresa, debes recibir el pago a más tardar el 30 de mayo de 2025. Por otro lado, si tu empleador es una persona física, tendrás que esperar un poco más, ya que la fecha límite es el 29 de junio de 2025. Es importante estar al tanto de estas fechas para asegurarte de que tu pago se haga a tiempo y sin inconvenientes.

Si una empresa no cumple con el pago del reparto de utilidades, los trabajadores tienen opciones para hacer valer su derecho. Pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir orientación y presentar su queja, o bien, pueden denunciar a la empresa ante la Inspección Federal del Trabajo.

Por otro lado, recuerda que existen algunas empresas que no están obligadas a repartir utilidades. Esto incluye a las de reciente creación, durante su primer año de operaciones, y a aquellas que no generen ganancias significativas, como las que reportan pérdidas fiscales o ingresos menores a 300 mil pesos. También están exentas las instituciones públicas con multas asistenciales, como el IMSS, y las organizaciones privadas que realizan actividades humanitarias sin ánimo de lucro.

 

 

Con información de MVS Noticias

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