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Impulsamos ley que atenderá las nuevas necesidades de la migración: Omar Bazán

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Si bien en la entidad existe un marco legal para atender las coyunturas relacionadas con la migración, es necesario un abordaje más profundo, el cual incluya aspectos de concientización a la interculturalidad de las personas que pasan por nuestro territorio rumbo a Estados Unidos, al ser éstas de naciones distintas.

Esto, atendiendo que la migración es un derecho humano y que, desde el inicio de los tiempos, el ser humano siempre ha estado en constante movimiento de un lugar a otro. Algunas personas se desplazan en busca de trabajo o de nuevas oportunidades económicas, para reunirse con sus familiares o para estudiar.

O por numerosos factores y esto provoca que el número de personas que vive en un país o Estado distintos de su lugar de origen ha aumentado de manera significante.

En el caso de Chihuahua existe la ley de protección y apoyo a migrantes pero dicha ley no abarca el tema de la movilidad, como si lo estamos planteando en dicha propuesta. Además de que deja en evidente rezago a nuestra entidad federativa ante el avance, en este tópico, de los demás Estados integrantes de México.

Es de mencionar que el Gobierno Federal tiene la facultad de diseñar la política migratoria del Estado mexicano, no obstante, las autoridades estatales tienen la capacidad de expedir leyes que establezcan la concurrencia de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de establecer, con respeto a los derechos humanos, las bases de coordinación entre estos, en el ámbito de sus propias competencias.

Lo anterior debe apegarse al cumplimiento de los tratados internacionales en la materia de los que México sea parte.

Nosotros proponemos la creación de la Ley de Movilidad Humana de las y los Migrantes e Interculturalidad del Estado de Chihuahua, con aspectos que creemos ayudarán para atender la problemática que implica el tener fronteras llenas, principalmente la de Juárez con un abordaje humanístico, iniciando porque en el territorio de la Entidad no se identificará ni se considerará a ninguna persona como ilegal por su condición migratoria.

Otro punto importante es que las autoridades estatales y municipales, en el ámbito de sus competencias, deberán utilizar todos los mecanismos a su alcance para contrarrestar cualquier tipo de discriminación por razones de origen étnico, creencia religiosa, género, discapacidad, cuestiones de salud, orientación sexual, entre otras, de las y los migrantes que se incorporen al territorio estatal.

Aparte, las autoridades estatales y municipales promoverán la prevención y erradicación del discurso de odio o propagación de rumores que afecten a las personas en situación de movilidad humana, en coordinación con las instituciones públicas, el sector privado y las organizaciones sociales y civiles, así como prevenir que dicho discurso o rumores se divulguen en medios de comunicación.

Un artículo por demás importante es el 10, que implica que las autoridades estatales y municipales promoverán ante las autoridades federales la solicitud de ayuda humanitaria ante organismos internacionales, o bien recibirlas de la propia Federación, para las personas en movilidad humana dentro del territorio de la Entidad cuando existan razones suficientes que sobrepasen las posibilidades financieras o de atención de las autoridades locales para enfrentar los problemas inmediatos para atender y asistir a las personas en esta situación.

En la ley que consta de 29 artículos se abordarán sanciones para los entes obligados que incurran en actos violatorios a los derechos humanos de las personas migrantes.

Según el Informe sobre las migraciones en el mundo 2020 de la Organización Internacional para las Migraciones, hasta junio de 2019 se estimaba que el número de migrantes internacionales era de casi 272 millones en todo el mundo, 51 millones más que en 2010. Casi dos tercios eran migrantes laborales. Los migrantes internacionales constituían el 3,5% de la población mundial en 2019, en comparación con el 2,8% en 2000 y el 2,3% en 1980.

En el entorno nacional, tenemos que la primer Ley de Migración en México fue publicada el 25 de mayo de 2011 en el Diario Oficial de la Federación. Dicha norma jurídica está dirigida a regular el ingreso y salida de personas extranjeras y mexicanas, así como el tránsito y estancia de personas extranjeras en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos. Su antecedente normativo más cercano por fines, aunque no necesariamente por contenido, es la Ley General de Población que estuvo vigente desde 1974, misma que resultaba ya insuficiente ante las realidades migratorias, además de estar desfasada en relación con los compromisos internacionales adquiridos por México en materia de derechos humanos.

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Atiende Protección Civil 146 incidencias del 17 al 20 de abril en operativo de Semana Santa

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-Corporaciones de los tres niveles de Gobierno colaboran en acciones de atención y prevención durante este periodo vacacional

La Coordinación Estatal de Protección Civil (CEPC) informó que durante el periodo comprendido del 17 al 20 de abril, se contabilizaron un total de 146 incidencias como parte del operativo “Semana Santa Segura 2025”.

En tramos carreteros, se registraron 70 acontecimientos entre colisiones vehiculares, volcaduras, auxilios en autopista, personas lesionadas y traslados a hospitales, entre otros.

También se atendieron 22 reportes para apoyo logístico en incendios, árboles caídos, siniestros forestales y localización de eventos no permitidos.

Además, en centros recreativos hubo 52 incidencias, con acciones de retiro de campistas, revisiones de seguridad y atención prehospitalaria. En el operativo se registraron cuatro decesos por accidentes viales e incidentes en este tipo de espacios.

Las diferentes atenciones se coordinaron con personal de la CEPC, en colaboración con organismos como Guardia Nacional, la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, el Centro Regulador de Emergencias Médicas y la Cruz Roja.

También participaron elementos de Ángeles Verdes, Ángeles Blancos, Auxilio Carretero, Bomberos y de las unidades municipales de Protección Civil.

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Registra SDR 289 incendios forestales en lo que va de 2025

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– Hay 11 incendios activos este lunes 21 de abril en seis municipios del estado

La Secretaría de Desarrollo Rural (SDR), informó que en lo que va del presente año se han registrado 289 incendios forestales en la entidad, los cuales han afectado preliminarmente una superficie de 43 mil 206.76 hectáreas.

Este lunes 21 de abril, la Comisión Nacional Forestal (conafor) reportó 11 siniestros activos, localizados en los municipios de Guachochi, Guerrero, Bocoyna, Balleza, Guadalupe y Calvo, y Madera.

Para el combate de estos incendios, se han desplegado 221 combatientes pertenecientes a diversas brigadas conjuntas del Gobierno del Estado, la Conafor, así como voluntarios de las comunidades afectadas, quienes trabajan de manera coordinada para controlar los incendios y prevenir mayores daños.

La SDR exhorta a la ciudadanía a reportar de inmediato cualquier incendio forestal a los números de emergencia (800) 737-00-00 o 9-1-1.

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Clausura Gobernación Estatal 14 establecimientos durante la última semana

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La Secretaría General de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Gobernación, informó que del 14 al 20 de abril, se llevaron a cabo un total de 384 inspecciones a establecimientos que expenden y/o comercializan bebidas alcohólicas, con resultado de 14 clausuras.

Ocho de estas sanciones fueron aplicadas en Juárez, dos en Camargo y en Chihuahua capital, una en Jiménez y una más en San Francisco de Conchos.

Las clausuras fueron las siguientes:

*Juárez:*
-Licorería en tienda de autoservicio “Súper rapiditos Bip Bip 18”, por falta de documentación
-Palenque “Dos Marías”, por hechos de sangre
-Tienda de abarrotes “Six Paty”, por violación de giro
-Licorería en tienda de autoservicio “Extra Rapigas Anapra”, por acta no atendida
-Licorería en tienda de autoservicio “Modelorama 47”, por acta no atendida
-Tienda de abarrotes “Pablito”, por violación de giro
-Salón de eventos “Terraza Sánchez”, por no contar con permiso
-Licorería en tienda de autoservicio “Extra Tecnológico”, por empleado menor de edad atendiendo el establecimiento

*Chihuahua:*
-Tienda de abarrotes “Súper Six Chabelo”, por operar fuera de horario
-Establecimiento con denominación “Go Kartz Cross Cuu”, por operar sin permiso

*Camargo:*
-Tienda de abarrotes “Súper Six Lucero”, por promociones y violación de giro
-Licorería en tienda de autoservicio “Licores Nic 2”, por violación de giro

*Jiménez:*
-Restaurante “Aguas termales las Pampas”, por incidente con menor de edad

*San Francisco de Conchos:*
-Tienda de abarrotes “San Francisco”, por violación de giro
Estas revisiones permanentes tienen como objetivo asegurar que se cumpla la ley, por lo cual, el Gobierno del Estado exhorta a las y los propietarios de comercios que distribuyen este tipo de bebidas, a cumplir con la normatividad en la materia para evitar sanciones.

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