ESTATAL
Definen diputados la elección de juezas y jueces del Poder Judicial del Estado

-La denominación “Del Consejo de la Judicatura”, se cambia por “Del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial”.
-A más tardar el viernes 10 de enero de 2025, el Congreso del Estado publicará la Convocatoria para participar en el proceso.
-La jornada electoral se celebrará el primer domingo de junio del año 2025.
Luego del análisis realizado a las iniciativas presentadas por los grupos parlamentarios del PAN y Morena, el Congreso Estatal aprobó el dictamen mediante el cual se reforma la Constitución Política del Estado de Chihuahua, en lo que respecta a la elección de jueces del Poder Judicial del Estado.
De esta manera se reformó el artículo 21 constitucional a efecto de incluir en los derechos de la ciudadanía chihuahuense el votar en las elecciones de las personas juzgadoras para los cargos en el Poder Judicial del Estado.
En cuanto a la reforma al artículo 36, señala que la renovación de los poderes Legislativo, Ejecutivo, Judicial y de los ayuntamientos, se realizará mediante sufragio universal, libre, secreto y directo, conforme a las bases que establezca la Constitución. La jornada electoral tendrá lugar el primer domingo de junio del año que corresponda.
Sin embargo, en los procesos electorales ordinarios para la renovación del Poder Judicial se celebrarán cada nueve años, la del Poder Ejecutivo cada seis años, y para el Poder Legislativo y los ayuntamientos cada tres años; todos los procesos se sujetarán a los principios rectores de certeza, legalidad, imparcialidad, objetividad, máxima publicidad e independencia.
Por otro lado, la duración de las campañas para los cargos en el Poder Judicial será de sesenta días y en ningún caso habrá etapa de precampaña. La ley establecerá la forma de las campañas, así como las restricciones y sanciones aplicables a las personas candidatas o servidoras públicas cuyas manifestaciones o propuestas excedan o contravengan los parámetros constitucionales y legales.
Con respecto a la reforma al artículo 64, se incluyen como facultades del Congreso del Estado, entre otras: el otorgar o negar las solicitudes de licencia o renuncia de las personas servidoras públicas del Poder Judicial del Estado conforme al artículo 102 de la Constitución y en los términos que establezcan las leyes.
Publicar la convocatoria para la integración del listado de candidaturas de las personas juzgadoras que serán elegidas de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía, dentro de los treinta días naturales siguientes a la instalación del primer periodo ordinario de sesiones del año anterior al de la elección que corresponda, que contendrá las etapas completas del procedimiento, sus fechas y plazos improrrogables y los cargos a elegir.
Recibir las postulaciones para los cargos en el Poder Judicial del Estado de los otros dos poderes del Estado, así como remitir los listados al Instituto Estatal Electoral a más tardar el 12 de febrero del año de la elección que corresponda, a efecto de que organice el proceso electivo.
Al artículo 99. …
Se incluye que las personas juzgadoras y las personas titulares de las magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, y las del Órgano de Administración Judicial, percibirán una remuneración adecuada e irrenunciable, la cual no podrá ser disminuida durante su encargo; y sólo podrán ser destituidas en los casos que determinen esta Constitución o las leyes. La remuneración que perciban por sus servicios las personas juzgadoras no podrá ser mayor a la establecida para la persona titular del Poder Ejecutivo Federal, en el presupuesto correspondiente y no será disminuida durante su encargo.
Además de que la independencia de las personas juzgadoras en el ejercicio de sus funciones está garantizada por la Constitución y las leyes, las cuales establecerán las condiciones para su elección por voto libre, directo y secreto de la ciudadanía.
Las propuestas de candidaturas y la elección de las personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado se realizarán conforme a las bases, procedimientos, términos, modalidades y requisitos que señala la Constitución, los cuales establecerán mecanismos públicos, abiertos, transparentes, inclusivos, accesibles y paritarios de evaluación y selección, que garanticen la participación de personas que cuenten con los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño del cargo y se hayan distinguido por su honestidad, buena fama pública, competencia y antecedentes profesionales y académicos en el ejercicio de la actividad jurídica.
Al Artículo 100, el Tribunal Superior de Justicia su Presidencia se renovará cada dos años de manera rotatoria, en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la Presidencia a quienes alcancen mayor votación. …
La ley establecerá la forma y procedimientos mediante concursos abiertos para la integración de los órganos jurisdiccionales, observando el principio de paridad de género. La elección de las personas juzgadoras se regirá por las bases previstas en el artículo 101 de esta Constitución.
Las personas juzgadoras durarán en su encargo nueve años, podrán ser reelectas y, si lo fueren, sólo podrán ser privadas de sus puestos en los términos que determinen las leyes aplicables, esta Constitución y el Título Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
En el Artículo 101 describe el cómo las personas juzgadoras serán elegidas de manera libre, directa y secreta por la ciudadanía el día que se realicen las elecciones ordinarias del año que corresponda. …
En Artículo 102 indica que las personas juzgadoras, las y los respectivos secretarios y las y los integrantes del Pleno del Órgano de Administración Judicial, no podrán, en ningún caso, aceptar ni desempeñar empleo o encargo de la Federación, de otra Entidad Federativa o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, literarias o de beneficencia y los de carácter docente. …
En tanto el Artículo 103 precisa que las juezas y los jueces de primera instancia y menores durarán en su encargo nueve años y podrán ser reelectos de forma consecutiva cada que concluya su periodo. No podrán ser readscritos fuera del distrito judicial en el que hayan sido electos, salvo que por causa excepcional lo determine el Tribunal de Disciplina Judicial, y podrán ser removidos en los casos y conforme a los procedimientos que establezca la ley. Además revela los requisitos para ser elegible como Magistrada, Magistrado, Jueza o Juez.
Así mismo se renombra el actual Capítulo III “Del Consejo de la Judicatura”, por “Del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial” y se definen conceptos, funciones e integración, entre otros.
Finalmente, en los Transitorios se precisa que el presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. Que el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 dará inicio el día de la entrada en vigor del presente Decreto. En dicha elección se elegirán la totalidad de las personas juzgadoras, conforme al siguiente calendario:
I. A más tardar el lunes 06 de enero de 2025, el Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado remitirá al Congreso del Estado el listado de cargos que se someten a elección.
II. A más tardar el viernes 10 de enero de 2025, el Congreso del Estado publicará la Convocatoria para participar en el proceso de evaluación y selección de postulaciones.
III. Del lunes 13 al viernes 24 de enero de 2025, correrá el plazo para que las personas interesadas se inscriban ante los Comités de Evaluación. El plazo concluirá a las 23:59 horas del 24 de enero de 2025.
IV. El viernes 28 de febrero de 2025 es la fecha máxima para que el Congreso del Estado remita a la autoridad electoral competente las postulaciones de los aspirantes.
V. Del lunes 31 de marzo al jueves 29 de mayo de 2025, correrá el periodo de campaña de los y las candidatos a magistraturas y juzgados.
VI. La elección se llevará a cabo el domingo 01 de junio de 2025.
VII. El lunes 01 de septiembre de 2025, será la toma de Protesta de las y los magistrados; las y los jueces de primera instancia y menores e inician funciones el Órgano de Administración y el Tribunal de Disciplina Judicial.
Por otro lado, las y los representantes de los partidos políticos ante el Consejo Estatal no podrán participar en las acciones, actividades y sesiones relacionadas a este proceso.
Las boletas electorales contendrán, entre otros datos, el cargo y, en su caso, el distrito judicial que corresponda a cada tipo de elección. Llevarán impresos los nombres completos numerados de las personas candidatas distribuidos por orden alfabético y progresivo iniciando por el apellido paterno, e indicando la especialización por materia cuando corresponda. El listado de personas candidatas distinguirá la autoridad postulante y las candidaturas de las personas juzgadoras que estén en funciones en los cargos a renovar y deseen participar en la elección.
La boleta garantizará que las y los votantes asienten la candidatura de su elección conforme a lo siguiente:
I. Para magistradas y magistrados del Tribunal Superior de Justicia podrán elegir hasta quince mujeres y quince hombres.
II. Para magistradas y magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial podrán elegir hasta tres mujeres y hasta dos hombres.
IV. Para juezas y jueces de primera instancia y menores podrán elegir hasta cinco mujeres y hasta cinco hombres.
La etapa de preparación de la elección extraordinaria del año 2025 iniciará con la primera sesión que el Consejo Estatal del Instituto Estatal Electoral celebre dentro de los siete días posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto.
La jornada electoral se celebrará el primer domingo de junio del año 2025. Podrán participar como observadoras las personas o agrupaciones acreditadas por el Instituto, con excepción de representantes o militantes de un partido político.
El Instituto Estatal Electoral efectuará los cómputos de la elección, publicará los resultados y entregará las constancias de mayoría a las candidaturas que obtengan el mayor número de votos, asignando los cargos alternadamente entre mujeres y hombres, iniciando por mujer. También declarará la validez de la elección que corresponda y enviará sus resultados al Tribunal Electoral del Estado, quien resolverá las impugnaciones a más tardar el 28 de agosto de 2025.
Las personas que resulten electas tomarán protesta de su encargo ante el Congreso del Estado el 1º de septiembre de 2025. En todo caso, las personas juzgadoras dejarán su cargo cuando rindan protesta las personas que habrán de sustituirlas. El Órgano de Administración Judicial adscribirá a las personas electas al órgano judicial que corresponda a más tardar el 15 de septiembre de 2025.
Por única ocasión, la renovación de los cargos del Poder Judicial del Estado se realizará en el año 2025, por un periodo de 8 años, con el fin de homologarse con el calendario de renovación del Poder Judicial federal.
Cabe destacar que por mayoría de votos, fueron aprobadas las reservas presentadas por el diputado Javier Borunda Quevedo (PVEM), en relación a reformar la fracción 4ª del artículo 101 del dictamen y el 3º transitorio, para que el TEE tenga hasta el 31 de julio del año de la elección para resolver las impugnaciones que se presenten.
Asimismo, se aprobó con 27 votos a favor, 4 en contra y 2 abstenciones, la petición de la diputada Jael Argüelles (MORENA), para que se establezca en el Art. 103 que, para Magistrada y Magistrado deberá contar además con práctica profesional de al menos tres años en un área jurídica afín a su candidatura.

ESTATAL
Pronostica Protección Civil vientos fuertes por aproximación de nuevo frente frío

Este martes 11 y miércoles 12 de febrero, las rachas podrían superar hasta los 85 km/h en gran parte del territorio chihuahuense
La aproximación al país de un nuevo frente frío, traerá consigo la probabilidad de vientos de muy fuertes a intensos en gran parte del territorio estatal, informó la Coordinación estatal de Protección Civil (CEPC).
A partir de este martes 11 y durante el miércoles 12 de febrero, se espera que las rachas puedan alcanzar los 85 kilómetros por hora (km/h) en diversas regiones de la entidad, de acuerdo el pronóstico emitido por el Servicio Meteorológico Nacional.
Ante estas condiciones, la CEPC sugiere a la población que evite pasar cerca de estructuras de viviendas, negocios y edificios en obra negra, o dañados, omita salir a espacios abiertos y el encendido de fogatas.
Al conducir hacerlo con la debida precaución y en caso de ser necesario, encender las luces intermitentes durante su trayecto. Además se recomienda buscar una zona segura para resguardar los vehículos.
La dependencia solicita a la ciudadanía mantenerse informada sobre las condiciones meteorológicas previstas y permanecer atenta de los avisos preventivos que emitan las autoridades, a través de sus canales oficiales.

ESTATAL
“Reforma al Infonavit, y cobranza delegada un despojo a los trabajadores”: Mario Vázquez

Propone PAN participación privada como alternativa a la Reforma del Infonavit.
El Senador Mario Vázquez aseguró que tanto la Reforma al Infonavit, como la “intentona” a la Cobranza Delegada son un ataque a los trabajadores, un despojo de sus recursos privados.
Informó que en lo que concierne a la Reforma al Infonavit, el PAN propone que se haga un programa de participación con la iniciativa privada para la construcción de vivienda, y que se detenga la Reforma al Infonavit. Ya que la reforma aún está en discusión, recordó que se trata de un despojo del recurso de los trabajadores, ahorrados durante muchos años y que eventualmente pueden ser utilizados ya sea en vivienda, mejora de vivienda o para que sea parte de su ahorro para el retiro.
“Quieren utilizar los ahorros de los trabajadores para que el gobierno la haga de empresario, estamos en contra de eso, porque se pone en riesgo más de 2 billones de pesos de las cuentas particulares de los trabajadores”, enfatizó el Senador panista.
Por eso pedimos que se detenga la reforma, que en todo caso se haga un programa con participación de la iniciativa privada, y se faciliten subsidios para permitir el acceso a la vivienda.
En lo concerniente a la cobranza delegada, dijo que aunque se ha detenido la iniciativa en el Senado, tantos intentos de grupos internos de Morena ponen de manifiesto el poco interés que tiene por el bien de los mexicanos, dejando el producto de su trabajo a merced de las empresas y los agiotistas.
Vázquez Robles hizo un llamado a los representantes de los trabajadores a manifestarse en contra de estas propuestas que ponen en riesgo los bienes económicos particulares producto de su esfuerzo de años.

ESTATAL
Emite Protección Civil Estatal alerta ante pronóstico de fuertes vientos para inicio de semana

Se pide a la población a seguir recomendaciones para evitar accidentes
La Coordinación de Protección Civil Estatal (CEPC) advierte a la población sobre la llegada de fuertes vientos para el lunes 10 de febrero, e invita a la ciudadanía a seguir las recomendaciones para evitar accidentes.
Para este día, un sistema frontal sobre la frontera norte del país, en interacción con la corriente en chorro subtropical, un canal de baja presión y el ingreso de aire húmedo procedente del océano Pacífico, generará un ambiente fresco por la mañana y cálido a caluroso por la tarde, y para la región serrana se esperan temperaturas muy frías con heladas.
Se esperan vientos, con rachas que pueden superar los 65 kilómetros por hora (km/h) en partes de Guachochi, San Francisco de Borja, Belisario Domínguez, Riva Palacio, Majalca, Chihuahua, Aquiles Serdán, Aldama, Meoqui, Rosales y Allende.
Las rachas pueden superar los 55 km/h en partes de Juárez, Ascensión, Janos, Casas Grandes, Nuevo Casas Grandes, Ignacio Zaragoza, Madera, Gómez Farías, Namiquipa, Temósachic, Matachí, Bachíniva, Guerrero, Ocampo, Maguarichi, Urique, Bocoyna, Carichí, Batopilas, Balleza, Nonoava, Cusihuiriachi, Cuauhtémoc, Gran Morelos, Santa Isabel, Julimes, Delicias, Saucillo, Satevó, Parral, Coronado, López, San Francisco de Conchos y Camargo.
El viento puede ocasionar tolvaneras en los tramos carreteros Janos-Flores Magón, Chihuahua-Sueco, Chihuahua-La Junta, y en partes de Carichí, Guachochi, Nonoava, San Francisco de Borja, Delicias y Parral, también podrían presentar lluvias con actividad eléctrica y posible caída de granizo.
Mientras para el próximo martes 11 y miércoles 12, los vientos aumentaran su intensidad y podrían superar los 75 km/h en Ascensión, Nuevo Casas Grandes, Buenaventura, Bachíniva y Cuauhtémoc.
Para el resto del estado se prevén ráfagas superiores de 55 hasta 65 km/h, condiciones que generarían baja visibilidad en tramos carreteros, principalmente sobre las regiones norte, noroeste y suroeste del territorio estatal.
En cuanto a las temperaturas pronosticadas se esperan las siguientes (máx/min °C): Chihuahua 28, Juárez 22, Janos 22, Madera 15, Temósachic 17, Cuauhtémoc 20, Ojinaga 25, Delicias 29, Camargo 29, Jiménez 28, Parral 26, Bocoyna 15, Chínipas 28, Guachochi 17 y Balleza 16.
Protección Civil Estatal exhorta a la población a mantenerse informada a través de fuentes oficiales y recomienda no salir de casa a menos que sea absolutamente necesario y, en caso de hacerlo, checar las condiciones meteorológicas del lugar al que se dirija. Para evitar accidentes es crucial asegurar láminas, techos, malla-sombras, puertas y ventanas.
También es pertinente verificar las bardas y estructuras en las viviendas para prevenir daños, tomar precauciones al pasar frente a edificaciones en construcción o en mal estado físico, además de evitar encender fogatas y no arrojar colillas de cigarro, para prevenir incendios.
Al transitar por calles o avenidas conviene alejarse de cornisas, muros o árboles que pudieran desprenderse por los fuertes vientos, y al conducir, hacerlo con precaución, encender las luces intermitentes en caso de presencia de tolvaneras y, si es posible, aplazar los viajes.

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