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Esto es lo que debes de saber sobre tu dinero guardado en el banco

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Esta semana causó alarma entre gran parte de la población mexicana una reforma aprobada por la Cámara de Diputados al artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC), de la que se dijo permitiría al gobierno “apropiarse” del dinero de cuentahabientes depositado en cuentas corrientes. De inmediato se prendieron los focos rojos y se ha dicho de todo. Hoy, para tu tranquilidad, quiero despejar muchas dudas.

En principio debemos tener claro, que dicho artículo ya existía en la LIC desde el 2008, producto de una reforma enviada por el presidente Felipe Calderón a la Cámara de Diputados el 20 de agosto de 2007. En efecto, dicha disposición legal establece actualmente que los depósitos e inversiones y sus intereses, sin movimiento en el transcurso de tres años y cuyo importe no exceda por cuenta al equivalente a 51 mil pesos, prescribirán (perder el derecho por no ejercerlo) en favor del patrimonio de la beneficencia pública.

Me di a la tarea de revisar la fundamentación o la motivación que utilizó el Poder Ejecutivo (en su iniciativa) y el Poder Legislativo (en su dictamen) para establecer en aquel momento dicha medida. Es bastante curioso que de los más de 50 artículos de la LIC que fueron reformados, respecto del artículo 61, ninguno de estos reparó en formular un apartado en el que se explicara por qué se estaba tomando esa medida. Dicho de otra forma, lo dejaron pasar sin mayor debate y así se quedó desde esos años hasta ahora.

La reforma que aprobó la Cámara de Diputados, y que ahora pasará a la Cámara de Senadores para su ratificación, no alteró la esencia de lo que hasta hoy existe; es decir, se sigue manteniendo el plazo de tres años para la prescripción antes citada. Lo que sí cambió fue el destino del dinero. Así, mientras la legislación vigente dispone que los recursos prescritos deben pasar a favor de la beneficencia pública, el proyecto aprobado destina dichos recursos a las dependencias encargadas de la seguridad pública.

Sin embargo, más allá de los loables fines que se puedan tener, en este caso y al igual que en el 2007, la Cámara de Diputados tampoco analizó por qué los recursos en las cuentas que no tengan movimientos durante tres años deben pasar a manos de un tercero, sea la beneficencia o cualquier otro ente público.

Tampoco creas que los bancos no tienen ni tendrán responsabilidad alguna para aplicar los recursos de forma inmediata. De hecho, tengo registro de varias sentencias firmes emitidas por el Poder Judicial Federal, en que se ha condenado a las entidades bancarias a reembolsar recursos girados a la beneficencia pública. Llegado el plazo, básicamente tiene que notificar al cuentahabiente y a sus beneficiarios que la cuenta bancaria ha estado inactiva por más de tres años, y otorgarle 90 días para que se presenten a realizar el retiro de los fondos.

En algunos de los casos que he revisado, se ha determinado que basta hacer dicha mención en el estado de cuenta para tenerlo por debidamente notificado, y en otros, los jueces han sido un poco más estrictos y han resuelto que dicha notificación debe constar de manera fehaciente por medios más formales y explícitos, además de acreditar de forma indubitable la realización de las transferencias a la beneficencia pública, lo cual, hasta donde he visto, en pocos casos acontece.

La iniciativa fue presentada el 11 de octubre de 2022 ante el pleno de la Cámara de Diputados y sin que haya sido turnada a alguna Comisión del Congreso; se dispensaron todos los trámites y se votó de forma inmediata ese mismo día. No es inusual que se aprueben reformas legislativas por esta vía, está previsto en las normas parlamentarias; sin embargo, en todos los casos, existe la obligación de fundar y motivar el porqué de dichas razones, hecho que no aparece justificado y que, de ser recurrido por un particular ante el Poder Judicial Federal, con toda certeza aparejará una eventual declaración de inconstitucionalidad.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Nota de Latinus

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Aeropuerto en Ciudad de México investiga la retención de un vuelo a Cancún

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El Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México (AICM) informó este viernes que está realizando “las investigaciones correspondientes” luego de que un piloto de la aerolínea Magnicharters retuviera esta tarde un vuelo de la capital con destino a Cancún.

En un mensaje publicado en la cuenta de X del aeropuerto, se detalló que el incidente ocurrió alrededor de las 15:00 horas en el vuelo GMT 780 con destino a Quintana Roo y precisó que la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) está investigado el caso.

“La AFAC, a través de la Comandancia del Aeropuerto, está realizando las investigaciones correspondientes, por lo que en su momento se informará a la opinión pública lo correspondiente”, señaló la publicación sin dar detalles sobre el estado del aviador o la aerolínea involucrada.

Este viernes en redes sociales circularon varios videos de pasajeros del vuelo GMT 780 en los que se muestra al piloto expresando su molestia tras haber sido presuntamente despedido por la aerolínea.

“Este avión sale, hasta que nos paguen lo que nos deben”, advirtió el aviador a los pasajeros luego de solicitarles que subieran este mensaje a redes sociales.

El hombre de apariencia joven explicó que llevaba tres años trabajando en Magnicharters, que es padre de familia y que “jamás había faltado a un vuelo”.

“Invertimos mucho en esta profesión para que un día nos digan: ‘vete’ porque no le gusta a alguien o porque les da miedo que levantemos la voz”, insistió mientras obstaculizaba la puerta de salida del avión.

Horas más tarde, miembros de la Secretaría de la Marina (Semar) intervinieron para permitir el descenso de los pasajeros.

La aerolínea Magnicharters, compuesta por 12 aeronaves Boeing 737 y fundada hace 30 años en el estado de Nuevo León, no ha dado detalles de lo ocurrido.

 

Con información de EFE

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Refuerzan seguridad en Sinaloa con el despliegue de Fuerzas Especiales

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La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) reforzó la seguridad en Sinaloa con el envío de 180 efectivos de Fuerzas Especiales del Ejército, quienes arribaron a Culiacán para fortalecer las operaciones contra grupos delictivos en la entidad.

El despliegue forma parte de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y busca respaldar las acciones que ya realizan el Ejército, la Fuerza Aérea y la Guardia Nacional en la región.

Los elementos fueron trasladados desde la Base Aérea Militar de Santa Lucía a bordo de aeronaves de la Fuerza Aérea y quedarán adscritos al operativo de la 9/a Zona Militar.

Su misión será realizar tareas de disuasión, prevención y patrullaje en coordinación con autoridades federales, estatales y municipales, con apego a la ley y respeto a los derechos humanos.

“El objetivo es inhibir las actividades ilícitas y generar un ambiente de tranquilidad para la población”, señaló la autoridad militar al destacar que las acciones buscan proteger a la ciudadanía sinaloense.

Con información de López-Dóriga Digital.

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Exsecretario de Seguridad García Luna apela su condena de 38 años

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Los abogados del exsecretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna, apelaron este viernes la sentencia que cumple en EE. UU. por narcotráfico reclamando violaciones al debido proceso, entre estas que el tribunal “abusó” de su discreción al negar una audiencia para un nuevo juicio.

García Luna, que ocupó el importante cargo durante el sexenio del presidente Felipe Calderón (2006-2012), fue condenado en octubre del 2024 a 38 años de prisión además de dos millones de dólares de multa, por delitos de narcotráfico, colaboración con el crimen organizado (el Cartel de Sinaloa) y por falso testimonio ante las autoridades estadounidenses.

La apelación, un documento de 78 páginas y extensos anexos fue presentada el jueves y busca anular la condena o se ordene un nuevo juicio y se basa en cinco argumentos principales que incluyen además que enfrentó un proceso en el que se dio validez a testigos sin credibilidad que, afirman, hicieron declaraciones falsas, y además reclaman en la apelación la forma en que fueron valoradas las pruebas.

“La condena impuesta a García Luna fue procedimental y sustancialmente irrazonable, se basó en información errónea y fue sorprendentemente mayor a lo necesario para satisfacer los fines de la sentencia”, señala el documento, presentado en la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito, en Nueva York, de acuerdo con los medios.

La defensa ha argumentado además que no se les permitió interrogar a testigos clave ni acceso a información clasificada (ocultamiento de evidencia exculpatoria) en un caso que estuvo “irremediablemente contaminado”. y que aseguran afectaron su derecho a un juicio justo, que resultó en una condena que consideran desproporcionada tras un juicio en la corte federal para el Distrito Este de Nueva York.

Indicaron además al tribunal de apelaciones que durante el juicio se presentaron pruebas que aseguran no estaban relacionadas con los delitos que se le imputaron, como las fotografías de sus propiedades.

La defensa pide al tribunal que se anule la condena, impuesta por el juez federal Brian Cogan, que también presidió el juicio de Joaquín ‘el Chapo’ Guzmán, o se ordene un nuevo juicio para García Luna, de 57 años, años, que fue el máximo responsable de la seguridad pública bajo el Gobierno de Calderón, época en la que lideró la estrategia de la conocida como ‘guerra contra las drogas’.

Durante la lectura de sentencia, Cogan acusó al mexicano de haber llevado “una doble vda”.

García Luna, que fue declarado culpable en febrero del 2023 y sentenciado año y medio después, ha mantenido su reclamo de inocencia y cumple su condena en ADX Florence, una prisión de máxima seguridad en Colorado, donde también cumple sucadena perpetua ‘el Chapo’ Guzmán.

Las decisiones del tribunal sobre las apelaciones tardan entre seis meses y dos años.

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